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La cruz de Malta (Custom Historia)

Respuesta de FeniXD sobre el tema Re: La cruz de Malta (Custom Historia)

13 años 4 meses antes - 13 años 4 meses antes #1419
Es sumamente interesante todo el proceso que se escribió en París contra los Templarios por la comisión que a varones tan eminentes como los ya citados dio el Papa Clemente V. En él encontramos algunas declaraciones que parecen llenas de espíritu de verdad y resignación que tan bien sientan en religiosos perseguidos. Las lágrimas asoman a los ojos al ver aquellos rostros macilentos, aquella timidez y suspicacia con que viejos de más de sesenta años se presentan de nuevo a los tribunales, mirando a un lado y a otro por si descubren las infernales máquinas del tormento que ya habían agotado sus débiles fuerzas. Tal es el terror de que se hallan poseídos, que no saben si acertar diciendo la verdad o propalando la mentira; su único objeto es libertarse de los tormentos, y así es que temen la retractación y temen también la ratificación; interrogan con su mirada a los jueces para ver si en ellos descubren indicio, síntoma de sus intenciones. A veces empiezan a declarar antes de ser interrogados, otras dicen cosas impertinentes o añaden de cosecha propia lo que no se les pregunta; en suma, es doloroso ver a aquellos hombres, si culpables algunos, tan distantes de la dignidad y decoro que el hombre debe conservar, ora al protestar de su inocencia, ora al confesar humilde y arrepentido sus pecados.

Los obispos a quienes incumbía la prosecución de las causas de fe habían comenzado a proceder contra los Templarios, y según el modo de sustanciar las causas, usado por los tribunales legos, como por los ordinarios eclesiásticos, habían echado mano del tormento para descubrir la verdad. Acusaban los infelices, que venían temblando a declarar ante los comisarios, al obispo de París, que se había mostrado sin piedad y sin corazón para con los reos; entre muchas declaraciones que pudiéramos citar lo hacemos de la del templario Ponzardo de Giziaco, preceptor de Paians:

“Interrogatus si unquam fuit possitus in tormenlis, respondit quod fuit positus, tres menses erant elapsi ante confessionem factam por eum coram domino Pariensi episcopo, manibus ligatis retro, ita stricte quod sanguis sibi cucurit usque ad unques, in quadam fovea, in qua stetit per spacium unius leuge, protestans et dicens quod si poneretur adhuc in tormentis, quod ipse negarrt omnia que dicit modo, et diceret quecumque homo vellet. Tantum pro modico tempore, paratus erat vet capitis obtruncancionem, vel ignem, vel bullicionem pati pro honore dicti ordinis, tantum ita longa tormenta substinere non poterat, in quibus jam fuerat, duobus annis elaptis, et plus carcerem subtinendo”.

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Los caballeros Templarios proclaman su inocencia

Llegó de la corte pontificia el interrogatorio por el cual debían examinarse los testigos, y al propio tiempo el rey dio permiso a todos los Templarios de Francia, estuviesen o no en prisión, para ser defensores de la orden, mandando a los oficiales reales de las provincias conducir a París con buena escolta los que mostraran tal deseo, sin que éste les perjudicara para los ulteriores procedimientos a que la causa diere lugar. EI interrogatorio se componía de 127 capítulos, y muchos caballeros acudieron a Paris diciendo y prometiendo que defenderían la orden. Los comisarios, siguiendo las instrucciones recibidas del pontífice, sólo atendían a los puntos relacionados con la orden en general, y el interrogatorio secundaba esta intención. Los caballeros defensores eran sesenta y cuatro; debían elegir, entre ellos, sus procuradores, para lo cual les dejaron tiempo y los colocaron en el Temple a fin de que holgadamente pudiesen hacer la elección al mismo tiempo que decidir en común sobre tantas cosas como les atañía en las circunstancias graves en que su convencimiento o su generosidad los había colocado. Pedro de Boulogne, sacerdote y procurador general de la orden, dijo a los notarios, cuando éstos se presentaron a saber la resolución de los hermanos Templarios, lo siguiente:

“Aunque según nuestros estatutos ni podemos sin el consentimiento del gran maestre y de la orden nombrar procuradores para que gestionen en público los intereses de todos, y aunque bajo este punto de vista sea ilegal lo que de nosotros se pretende, por todo pasamos con tal de defender nuestra propia causa. Rechazamos como falsas, como abominables mentiras, forjadas, inventadas y sugeridas por nuestros enemigos todas las acusaciones. La orden de los caballeros Templarios está pura y limpia de toda mancha; y los que lo contrario dicen son herejes e infieles. Prontos estamos a probarlo y justificarlo. Pero para ello necesitamos libertad y permiso para asistir al concilio general. Calificamos desde luego de pacatos, tímidos y cobardes a aquellos de nuestros hermanos a quienes el temor a la muerte o a los tormentos han arrancado las deposiciones que se nos han leído, y que nada pueden probar contra la orden ni contra ellos mismos, o quizás son miserables a quienes han corrompido las promesas o el oro de nuestros enemigos. Tan claro es esto que nos creemos con derecho a pedir en el nombre de Dios justicia, libertándonos de tan violenta persecución y admitiéndonos al libre y piadoso uso de los sacramentos de la Iglesia.”

Esto mismo, con ligeras diferencias, dijeron ante los comisarios el día 7 de abril de 1310. Que no querían ni podían elegir procuradores sin la anuencia del gran maestre y consentimiento de toda la orden; que no deseaban otra cosa más que defender a sus hermanos en el concilio convocado para Viena; que encomendaban la defensa a Pedro de Boulogne, Raynaud de Puyno, Guillermo de Chambonet y Bertran de Lartiges; que desde aquel momento estaban y pasaban por todo lo favorable que los apoderados hicieran presente a los padres acerca de la orden ; pero que también contradecían y daban por nulo cuanto dijeren de adverso; que tienen igualmente por nulo y de ningún valor el testimonio de todos los que hayan declarado o declaren en lo sucesivo contra la orden o contra sus individuos durante el curso de su larga prisión, pues ya se había visto el poco fundamento que tenían declaraciones, o arrancadas por fuerza o seducción; pedían además que los apóstatas de la orden fuesen custodiados severamente hasta el castigo de su falsedad y felonía, que se cierre la puerta a los legos en los momentos en que se interrogue a los Templarios, porque estos sobrecogidos por el terror no falten a la verdad por temor que les infunda la comparación natural entre el estado de fortuna de los embusteros, y la miseria, persecuciones y oprobio, patrimonio de los acusados que sostienen la verdad con su sangre como verdaderos mártires.

Parece imposible, dicen, que se crea más a los falsos testigos, corrompidos por el oro, que no a los que tanto han sufrido y han muerto en medio de los tormentos del martirio por no faltar a la verdad. Continúa la memoria con elogios y alabanzas a la orden, la que en todos tiempos había merecido tantas mercedes de los reyes y de los sumos pontífices, que a los tres votos que tienen todas las religiones reúne ésta el cuarto, el de defender la Iglesia de Cristo con las armas en la mano, y en cuyo cumplimiento habían derramado a torrentes la sangre en los campos de batalla. Todo en la memoria concurría a probar que en ningún tiempo y por ningún motivo habían faltado los caballeros a lo que se prevenía en sus estatutos. Pintábase en el escrito con frescos colores la manera simple, afectuosa e inocente con que recibían a los hermanos, dándoles el hábito bendito, y la cruz y el beso fraternal. Hacían los autores de la apologética memoria alusiones muy picantes “a los que han movido tan gran tempestad, llevados solamente del ansia de aumentar sus riquezas y tentados por los bienes de los Templarios, a quienes han hecho hablar un lenguaje de antemano concertado, sobornándolos para ello; de manera que los mismos acusados, intimidados con los tormentos y Ios suplicios, han fallado a su conciencia, siendo inocentes, deponiendo contra ellos mismos creyendo salvar sus cuerpos”. Por último, se quejaban de la prisión arbitraria, como que había precedido a las declaraciones y al juicio, y era pretexto del descrédito en que estaban, dando lugar a la malquerencia con tanta falsedad y tanta infamia contra ellos propalada.

A todo esto contestaron los comisarios que no habían ellos mandado proceder a la prisión de los caballeros Templarios, y por consiguiente que no podían mandarlos poner en libertad; que la difamación de la orden era muy anterior a las medidas rigurosas adoptadas contra sus individuos, como así aparecía de las letras apostólicas que figuraban a la cabeza del proceso; que los privilegios de la orden no se oponían al ejercicio de la jurisdicción que en las causas de herejía tenían los obispos. Que interrogado el gran maestre sobre si quería defender la orden, había respondido que el Papa se había reservado el conocer de su causa y que la defendería en la presencia de Su Santidad. Con esto y con decir que la humanidad presidiría a todas sus determinaciones, que oirían con benevolencia las defensas de los acusados, y que darían cuenta al Papa, dan por terminado este que pudiéramos llamar alegato, contradiciendo la pobre defensa de los cuatro procuradores.

Siguió el proceso en presencia de los defensores, vinieron unos tras otros todos los testigos, juraban por los Santos Evangelios decir la verdad tal cual la supieren, fuese favorable o contraria a la orden del Templo, y juraban además que ni estaban sobornados, ni seducidos, ni obligados por ninguna fuerza ni respeto humano. Doscientos treinta y un testigos fueron oídos en este proceso, el mayor y más interesante de todos los que nos ha dejado la Edad Media; íntegro ha venido a parar a la generación presente para que ésta lo juzgue sin prevención con todo conocimiento de causa, con imparcialidad cual la historia lo exige, con benevolencia como la caridad lo manda.

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Los testigos confiesan las principales imputaciones

Casi todos los testigos están conformes en los dos puntos principales de renegar de Jesucristo y escupir sobre la cruz. Muchos afirman que lo hicieron viéndose amenazados de sufrir castigos muy crueles;: otros afirman que sus labios pronunciaron tales blasfemias, pero que los corazones renegaban de lo que decían sus labios. A Gerardo de Pasage, presentándole una imagen de Cristo crucificado pintado o esculpido en una cruz de madera, le preguntaron: ¿es este Dios nuestro Señor?,y al responder que era la imagen del Crucificado le dijeron: “No, no lo creáis, no es más que un pedazo de madera. Nuestro Señor está en el cielo”. Guillermo de Candaillar, requerido de hacer lo mismo, esto es, de blasfemar de Jesucristo y de escupir sobre la cruz, se resistió cuanto pudo; pero otro templario, Dominico de Linac, le obligó con un puñal al pecho a cumplir-con el ritual de la orden. A Alberto de Canelles dijeron mostrándole la cruz: El crucificado que ves aquí era un impostor, un falso profeta, no creas en él ni tengas la menor confianza, y en prueba del desprecio con que le miras escupe sobre él; no queriendo Alberto cometer tal sacrilegio, espada en mano le obligaron los circunstantes, y fuera de sí el recipiendario contra toda su voluntad se vio obligado a sufrir en silencio la prueba de su iniciación. Preguntando Borco de Marvalier, templario, a un prior muy antiguo en la orden, por qué obligaban a los que tomaban el hábito a renegar de Jesús, hijo de la Virgen María, a quien dedicaban frecuentemente un cántico, en el cual lo celebraban como al Redentor del mundo, le contestó que se guardase de ser curioso, que esto le atraería disgustos de consideración; que asistiera al refectorio y comiese bien, teniendo en cuenta que no había sido el primero que había renegado ni seria tampoco el último. Que esperaban a un cierto profeta, pero que esta historia era larga. A Juan de Pont L’Eveque le preguntaron si creía ver en el crucifijo que tenía delante la imagen de Dios. No, dijo, pero creo que representa a Dios y a Jesús crucificado. Sea lo que quiera le contestaron: no creáis en él; no era Dios, sino un falso profeta; renegad de él, y renegó. Las declaraciones de todos los testigos fueron recibidas de la misma manera, jamás las hemos visto más numerosas, más claras, más terminantes sobre un hecho concreto, ni en la historia antigua ni en la moderna.

Para mayor firmeza del horrible secreto, las recepciones se celebraban a puerta cerrada, y ni aun los parientes del nuevo adepto eran admitidos. Los capítulos se congregaban a horas desusadas, al amanecer, por ejemplo, y asistían los que tenían voto, sin que pudiera ningún profano acercarse a la puerta, que además de estar cerrada, estaba guardada por caballeros que la defendían espada en mano. Todos hablan de las caricias obscenas, pero muchos eran dispensados de cumplir tan atroz mandato; todos confiesan el permiso que se les concedía para entregarse a la sodomía, y del voto de castidad que se les exigía para con las mujeres; pero pocos confiesan haber incurrido en vicio tan detestable y tan contrario a la naturaleza. Pero lo que a nosotros nos parece cierto es que en la orden debió haber ciertos grados de iniciación; muy pocos cuentan haber visto al ídolo que adoraban algunos, y que según la pintura que otros, los menos, hacen, era deforme y de un mirar que causaba espanto; no muchos, de los cíngulos con que algunos rodeaban su cintura, tocados en el ídolo; y de los estatutos secretos de la orden, encerrados con cuidado bajo doble caja y doble llave, todavía menos.

Aún son más parcos los declarantes en cuanto a la supresión de las palabras de la consagración en el canon de la misa; no vemos en ninguna declaración prohibición formal de decirlas; insinuaciones, sí, perversas y heréticas que hacen algunos más antiguos a otros, o más jóvenes o más incautos, y que por lo regular son rechazadas.

Hay declaraciones que aseguran que los maestres y comendadores de la orden, aunque legos, se atribuían el poder de absolver los pecados; por último, todo nos inclina a creer lo que poco antes hemos dicho, a saber, que no todos los individuos de la orden estaban en todos los secretos; pero tal como aparece aquella pujante institución que habían tenido por fundador a San Bernardo, y por objeto defender en la tierra del Oriente los Santos Lugares, y en las partes del Occidente la fe de Cristo contra los enemigos de su Santo nombre, había degenerado de su primitiva índole hasta el punto de renegar de su Dios, entregándose a los vicios más abominables y dando entrada en sus religiosos albergues a la herejía más detestable.

¿De dónde vino el mal, quién lo impulsó, dónde tuvo su origen, qué se proponían los Templarios con la estúpida conducta que observaban? Cuestiones son éstas cuya respuesta es difícil o imposible, porque de los procesos nada podemos sacar en limpio más que la relajación de la regla.

El Papa Clemente V, al remitir los interrogatorios, no se cuidó de saber más sino si existía el mal, y no de saber hasta dónde llegaba, de dónde provenía y a qué aspiraba. Los que ahora examinamos aquel grande acontecimiento nos vemos reducidos, si no queremos errar, a encerrarnos también en el círculo que nos trazaron los que pudieron todo descubrirlo, añadiendo a las dolorosas páginas de la humanidad otra más dolorosa y más elocuente que pudiera servir de lección y de escarmiento a las generaciones venideras.

El Oriente, cuna de muchas religiones y sectas, donde el paganismo echó tan profundas raíces y donde el mahometismo tuvo su primero y principal asiento, tierra fértil y amena, propia para los placeres sensuales, contaminó también con su pestífero aliento, muy a los principios, la orden del Templo. El trato que los caballeros tenían con los mahometanos en los tiempos de treguas y de paces preparó el camino, que allanaron después las riquezas y la debilidad de la humana naturaleza. Tributarios de los enemigos de la fe en algunos momentos, merced a los trances de la guerra, no siempre afortunados, vasallos de los árabes por los castillos que en su territorio poseían, veíanse obligados a guardarles respeto y consideración, tributándoles homenaje. De aquí trato y roce continuos, de aquí el conocimiento de prácticas supersticiosas, afición a la idolatría y a los vicios nefandos, que siempre se han desarrollado en medio de la opulencia y de la molicie de los países dados a la sensualidad. Del Oriente vino, pues, aquella peste moral que acabó con los Templarios y los redujo a un estado abyecto y despreciable, dado que también la herejía entraba por mucho en la opinión de la gente sensata y del vulgo; no todos fueron culpables, pero a todos alcanzó la maldición de Dios y de los hombres.

Volvieron los defensores a cumplir con su penoso encargo: presentaron un nuevo escrito, semejante en todo a los anteriores: insisten en la tiranía con que los habían tratado, en la sorpresa con que desde sus conventos habían sido trasladados a los calabozos más hediondos, conducidos al matadero como manadas de inocentes corderos, atormentados tan cruelmente que unos habían espirado, otros quedado sin fuerzas, inválidos para toda su vida; decían que les habían robado lo más precioso que tiene el hombre, su libre albedrío, de suerte que las declaraciones de los Templarios nada valían, por no tener fuerza, contra la dignidad de la orden y aun contra ellos mismos; que el rey por medios directos había influido en el proceso ofreciendo a los caballeros prevaricadores recompensas y cargos públicos si le ayudaban a desacreditar y perder la orden.

Añadían que la razonable presunción les era favorable. ¿Quién hubiera sido bastante insensato para entrar o para perseverar en una congregación tan miserable y corrompida? ¡Y cómo personas de tanta grandeza y dignidad no hubieran elevado su voz contra tantas abominaciones, contra tantos horrores que son los fundamentos del proceso?

Pretendieron además que se les diese traslado de todas las actuaciones, comprendiendo en éstas los artículos por los cuales se tomaba las declaraciones a los caballeros; que publicase la comisión los nombres de los testigos a fin de proceder contra ellos en caso necesario, y sobre todo para no confundir a los que habían declarado con los que aún no lo habían hecho; que se les obligase a prestar juramento de no revelar a persona humana ni sus declaraciones ni las de sus compañeros, que por su parte ellos se obligaban también a guardar el más inviolable secreto, a fin de que la causa llegase íntegra al conocimiento de Su Santidad. Por último, pedían que se tomase declaración a los dependientes y criados de las casas conventuales sobre el número de caballeros que había muerto desde que empezaron los procedimientos, sentimientos que habían mostrado al espirar, sus últimas palabras, y muy particularmente las de aquellos que decían haberse reconciliado con la Iglesia, y que se obligase a los que nada habían declarado ni en pro ni en contra que lo hicieran en uno u otro sentido, pues estaban ciertos de que sabían la verdad tan bien como los hermanos declarantes. Curiosa por demás era la conclusión de aquel memorándum.

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La anécdota de Adam de Dalincourt

“Cuenta la orden entre sus caballeros uno a quien llaman Adam de Dalincourt; vivió mucho tiempo bajo de la regla, y no pareciéndole bastante austera le vino en mientes retirarse a otra que lo fuese más para dedicarse a la contemplación y alejarse de todo punto de lo profano y mundanal. Entró pues con todos los competentes permisos en la austera religión de San Bruno; pero a poco tiempo volvió a suplicarnos ser recibido de nuevo en la nuestra del Templo. Lo recibimos, pero con las duras condiciones de costumbre para con los apóstatas. En paños menores se presentó en la puerta de la calle; de esta suerte entró y llegó hasta la sala capitular, en donde estaban reunidos todos los caballeros y muchos nobles, sus parientes y amigos; allí prosternado a los pies del maestre, en presencia de todos pidió misericordia, y derramando abundantes lágrimas suplicó ser admitido nuevamente.

Consiguió su objeto, pero no pudo salvar la dispensación de la penitencia. Durante un año entero todos los viernes ayunaba a pan y agua, dormía sobre el duro suelo, y los domingos, prosternado ante el altar con el hábito de penitente, recibía devoto y compungido la disciplina que el preste le daba, con menos caridad de la que convenía entre hermanos. Por último, y después de tantas pruebas, fue de nuevo admitido en la orden. Adam está en Paris, no ha declarado, decían los defensores, que se llame y se le interrogue al tenor de los artículos del interrogatorio; ¿y es creíble ni posible que persona tan virtuosa llevara con paciencia tales sufrimientos para conseguir de nuevo vestir el hábito de templario, manchado con tan horrendos crímenes?

El domingo 10 de mayo volvieron a presentarse los cuatros defensores, y Pedro de Bolonia que llevaba la voz dijo a los comisarios: “El Papa os ha nombrado para entender de todo aquello que con los Templarios tenga relación, y en virtud de esta importante comisión habéis oído las declaraciones de unos, las acusaciones de otros y las defensas; ahora hemos oído, con tanto horror como fundamento, que el arzobispo de Sens con sus sufragáneos celebra un concilio provincial contra muchos caballeros de la orden, de los 64 que se habían presentado para defenderla; con tal motivo desistimos de la defensa y apelamos del concilio para el Sumo Pontífice. Como la apelación interpuesta no era de la comisión sino del concilio, el arzobispo de Narbona dijo que no podía admitirla; pero que si tenían que hacer uso de la defensa podían decir cuanto quisieran. Apoyado ya en esta benevolencia y este humano deseo que siempre manifestó la comisión hacia aquellos desgraciados.

Pedro de Bolonia presentó una petición solicitando que los presos fuesen conducidos a la presencia del Papa para que oyese Su Santidad las defensas; que se intimase al arzobispo de Sens la suspensión de sus procedimientos; que permitiesen a los defensores ir al tribunal de este prelado para interponer la apelación; que les acompañasen dos notarios para que diesen fe y testimonio de cuanto allí pasara, y que cargando los gastos a los bienes de la orden se notificase a todos los arzobispos de Francia la apelación que los Templarios interponían para la Santa Sede. Los comisarios, con mucho sentimiento, dijeron a los defensores cuánto era su dolor viendo la desgraciada suerte que les cobijaba y los amargos trances por que habían pasado y tenían todavía que pasar; pero que ni su autoridad podía evitarlos ni su jurisdicción impedir la del concilio provincial. Que la comisión juzgaba de la orden en general, y los concilios de las personas; que eran dos tribunales independientes y de todo punto distintos, pero que aún así, llevados siempre del espíritu de caridad que les animaba, harían cuanto pudiesen en favor de los desgraciados reos.

De manera que ahora vemos claramente que había en este negocio dos tribunales; uno el del Papa, el cual quería conocer de los delitos de la orden para resolver en vista de las actuaciones lo que convenía hacer con ella, en el concilio de Viena, y otro el de los concilios provinciales, los cuales debían juzgar sobre las personas y castigarlas o absolverlas según sus delitos o sus merecimientos.

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59 Templarios arden en París y 9 en Senlis

Reunióse, pues, el concilio provincial en París, convocado y presidido por Felipe de Marigni, arzobispo de Sens, y duraron sus sesiones quince días: en él fueron juzgados los Templarios: unos absueltos libremente, otros con penitencia y sub conditione, otros condenados a prisión perpetua y otros como relapsos y contumaces entregados al brazo secular para la imposición del último suplicio.

Después de la degradación fueron quemados vivos por herejes cincuenta y nueve Templarios. A pocos días otro concilio provincial celebrado en Senlis, presidido por el arzobispo de Reims, condenó como relapsos nueve Templarios, que entregados al brazo secular fueron quemados vivos. Y lo particular de estas ejecuciones era que tanto los de París, como los de Reims, retractaron sus declaraciones antes de morir, diciendo que eran inocentes, que su condenación era injusta, y que si habían declarado en contra de su orden y de sí propios, había sido por miedo a los tormentos.

Los comisarios del Papa, viendo el sesgo que tomaba el asunto y que los concilios provinciales que debían cuando menos haber esperado la suprema decisión del Papa y del concilio general para proceder después contra las personas de los que resultasen culpables, prejuzgando con sangrientos espectáculos la cuestión magna, suplicaron a los arzobispos que procediesen con discreción y madurez, tanto más cuanto que vueltos de su temor y espanto, se apresuraban a retractar sus primeras declaraciones, lo cual naturalmente había de envolver en un caos el procedimiento, del que fácilmente no podrían salir, y enseguida suspendieron las actuaciones; pero muy pronto las volvieron a seguir para oír nuevamente las defensas de la orden. Avisados Guillermo de Chambonet y Bertrand de Lartigue para que se presentasen ante los comisarios, contestaron que siendo legos nada podían hacer sin conferenciar con Pedro de Bolonia y Raynaldo de Pruyno; pero al notificarles que el primero había logrado escaparse de la prisión, y que el segundo había sido absuelto de sus votos en el concilio de Sens, los notificados abandonaron la defensa, que quedó de todo punto desierta desde ahora.

La comisión había terminado sus trabajos con la audiencia que había dado a 231 testigos, y así lo dijo al Papa respetuosamente por medio de uno de sus individuos. El sumo pontífice quería que se oyese también a los de Ultramar, como para dar más largas a aquel tan enmarañado negocio; pero teniendo en cuenta que muchos de los Templarios habían sido recibidos en la orden, estando en Ultramar, y que así lo declaraban, la distancia de los lugares, que no había en toda Francia un templario a quien no le hubiese requerido, ya por los inquisidores, o por los concilios, o por los comisarios; teniendo también muy presente que el tiempo en que debía celebrarse el concilio de Viena se aproximaba, los comisarios creyeron sinceramente que su comisión había concluido, y muy respetuosamente elevaron a la santidad de Clemente V todas las piezas del monstruoso proceso por medio de dos licenciados en jurisprudencia que llevaron al mismo tiempo un humilde mensaje, con la fecha del 5 de julio de 1311, a la abadía real de Pontoise. Pero antes de referir lo que pasó en el concilio de Viena, en el cual se decidió de la suerte de la orden de los Templarios, antes de ver la conducta del rey de Francia para con el gran maestre y otros comendadores, antes de saber lo que pasó con este motivo en otros varios reinos de la cristiandad, justo nos parece tratar antes de lo que ocurría en Castilla, Portugal y Aragón que más de cerca toca al reinado de D. Fernando IV, oscuro en este grave asunto, tanto o más que en otros que nos hemos propuesto ilustrar.

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El proceso contra los Templarios de Castilla

Llegaron a España las letras apostólicas al mismo tiempo que a las demas naciones en donde la orden del Templo había defendido, según su religioso instituto, la fe de Cristo; en ellas el Papa hacia una relación sucinta de todo lo acaecido después del primer descubrimiento, punto de partida de los ulteriores procedimientos. Cómo el rey de Francia había sido el primero en saber los pecados, herejías y abominaciones de aquellos caballeros; cómo ante el inquisidor de Francia habían declarado ciento cuarenta testigos; como Su Santidad había oído a sesenta y dos, entre ellos grandes dignatarios y a un doméstico suyo, dignos de toda fe y crédito; como después lo habían hecho ante sus cardenales y otras personas muy autorizadas por su virtud y ciencia; de todo, pues, daba cuenta a los reyes de Castilla y Aragón, mandándoles proceder contra la orden, como el rey de Francia lo hacía, para salud de la Iglesia y honor del Nombre Cristiano. Varios rescriptos pontificios también llegaron, mandando prender a todos los individuos de la orden, secuestrar sus bienes y tenerlos a disposición del pontífice, el cual, según era fama, usaría de ellos teniendo en cuenta las necesidades de la Iglesia, muy afligida sobre todo en Oriente, donde las conquistas de Jos Godofredos se habían perdido de todo punto a causa de las nuevas invasiones de árabes y turcos. De todos estos rescriptos, singularmente de los dirigidos a Aragón, se encuentran ejemplares en la Colección diplomática, págs. 578, 593, 595, 610, 617 y otras.

No estaban los reyes de Castilla y de Aragón muy conformes con el Papa ni con el
rey de Francia en esto de acusar y castigar a los Templarios que residían en sus respectivos pueblos. Creían, y con razón, que el mal de que se quejaban aquellos soberanos pudiera estar limitado a Francia o a Chipre y no haber pasado todavía los montes, invadiendo las tierras de la España; tenían por una arbitrariedad sin ejemplo y por un despojo injusto y violento el reducirlos a prisión sin la más pequeña sumaria información, y secuestrarles sus bienes; conocían que era pagar mal a aquellos soldados de Cristo corresponder con incalificables persecuciones a los peligros, trabajos y afanes con que un día y otro derramaban su sangre en las batallas por la fe de Jesucristo; y a todo esto se agregaba que dueños de castillos y amparados en sus fortalezas, valientes y hechos a la guerra, numerosos y ricos, con clientela poderosa, con vasallos y apaniguados, podían oponerse con ventaja a las órdenes del sumo pontífice, emprender una guerra de las que tan comunes eran en aquellos tiempos; debilitar o anular el poder de los monarcas, y lo que era aún peor, dejar desguarnecidas las fronteras y a los moros la puerta abierta para sus depredaciones y algaradas. Teniendo en cuenta todas estas cosas, los reyes de Castilla y de Aragón procedieron con discreción y mesura al principio, y aunque obedecieron como buenos cristianos las órdenes del Padre Espiritual, no mostraron la misma saña que el rey de Francia, a quien su carácter le llevara a la violencia, o que convencido de la justicia de sus procederes, su celo lo exaltase en la prosecución de una obra meritoria y aceptable a los ojos de Dios.

El rey de Aragón se negó por el pronto a perseguir a los Templarios hasta que la
Santa Sede le indicase, clara y terminantemente, los delitos que habían cometido. Esto se deduce de la contestación que a D. Jaime dio el Pontífice con fecha de 3 de enero de 1308, y que se halla en la página 503 de la Colección.

“Paterne benignitatis affectu regie magnitudinis recepimus litteras inter alia continentes, quod dolorem et admirationem supper commiseis per fratres ordinis militiae templi Jerosolimitani prout tuae veritudini fuerat intimatum conceperas vehementer et quod super ipsis notebas sicut nee etiam noveras expedire contra fratres memoratos donec super illis providentia Sedis apostolicae in hac parte tibi recrisberet veritatem”.

No solamente los reyes de Castilla y León estuvieron en un principio propicios a los Templarios de sus reinos, sino que el rey de Inglaterra se decidió con firmeza no solamente por los que caían bajo su jurisdicción, sino también por todos los de la cristiandad. El día 10 de diciembre escribió al Papa suplicándole que excusara a aquellos caballeros perseguidos todos los daños y perjuicios que padecían por la mala voluntad de sus émulos, hasta averiguar jurídicamente la verdad de los delitos que se les imputaban.

“El quia praedicti Magister et fratres, in fidei Catholicae puritate constantes, a nobis, et ab omnibus de regno nostro tam vita quam moribus habentur multipliciter commendari, non possumus hujusmodi suspectis relatibus dare fidem, donec super hiis nobis plenior notuerit certitudo”. Página 590 de la Colección.

Y no contento este monarca con dirigirse al Papa escribió otra carta al rey de Portugal, suplicándole que no diese crédito a las sugestiones e imputaciones que ciertas personas habían levantado contra la orden de caballería de los Templarios.

“Illos, quos, pro defensione fidei Catholicae, ac impugnatione hostium crucis Christi, actus strenui laborisque prolixitas recomendant, decet et convenit, prout ad honorem Dei, et exaltationem fidei unquierit, prosequi eum favore”.

Y más adelante:

“Vestram regiam Majestatem affectuose requirimus et rogamus, quatinus praemisis cum diligentia debita ponderatis, aures vestras a perversorum detractionibus, qui ut credimus, non zelo rectitudinis, sed cupiditatis et invidiae spiritibus excitantur, avertere velitis”.

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Dios os guarde de los secretos de los Templarios

No mejoró la suerte de los Templarios con la decidida protección del rey de Inglaterra ni tampoco les sirvió la benevolencia de los reyes de Castilla y de Aragón; las letras pontificias fueron obedecidas y los Templarios presos no sin resistencia, como después veremos, particularmente en Aragón; de todo lo cual se dio cuenta al Pontífice, el cual, por lo tocante a Castilla, dirigió sus letras con fecha 17 de agosto de 1308, y tercero de su pontificado, a D. Gonzalo Barroso, arzobispo de Toledo segundo de este nombre, y a D. Rodrigo, arzobispo de Santiago, D. Giraldo, obispo de Palencia, D. Juan, obispo de Lisboa, y a los abades Isidorense y de San Pablo de la diócesis de Claromonte y de Tolosa, y al maestro Velasco Pérez, chantre de la iglesia de Santiago, y a Fray Américo de Nanis de la orden de los predicadores; diciéndoles que por cuanto preguntados y examinados hasta el número de sesenta y dos testigos en su presencia y la de tres cardenales y otros notarios públicos, habían jurado ser verdad aquellos delitos y pedido penitencia de ellos, les mandaba que fuesen a Toledo y a su arzobispado y provincia, y que por públicos edictos citasen al maestre de España y a sus caballeros y religiosos y se informasen de los artículos que remitía, y cerrado y sellado le enviasen el proceso; y que si alguno los quisiese defender le descomulgasen, invocando en caso de necesidad el auxilio del brazo secular, y que todos ellos y cada uno pudiese hacer la dicha información con pleno poder por autoridad apostólica.

Estaban, dice Garibay, mucho tiempo hacia fuera de los reinos los Templarios tan mal mirados que las gentes vinieron a decir como en sentencia vulgar: Dios os guarde de los secretos de los Templarios. En la misma ciudad de Poitiers, y a pocos días de expedida la precedente bula, dirigió el Papa otro rescripto al mismo arzobispo y sus sufragáneos, que eran los de Sigüenza, Cuenca, Osma, Palencia, Segovia, Córdoba, Jaén y Cartagena, y a los abades de la misma provincia, a los cuales refiere el contenido de la bula anterior, y añadiendo, que varones tan religiosos, como que derramaron muchas veces su sangre por el nombre de Cristo, exponiendo sus personas a los peligros de la muerte, se hubiesen contaminado con tales horrores y abominaciones, tan increíbles y de tal magnitud que había sido menester oírlas de boca de los mismos interesados; y ahora, condoliéndose de ellos, mandaba que juntamente con los diputados en la bula precedente hagan la misma inquisición.

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Fernando de Castilla y León defiende a los Templarios españoles

Dice Garibay, que D. Fernando, rey de Castilla y de León, envió al Papa por embajador a su primo hermano D. López Díaz de Haro, su alférez mayor y señor de Vizcaya, para que en unión con el embajador de Aragón y el de Portugal, hicieran presente a Su Santidad los muchos servicios que en todos tiempos había hecho a la cristiandad la orden del Templo, y muy particularmente los Templarios españoles, que siempre en guerra con los moros no habían tenido tiempo de distraerse de sus primeras obligaciones para encenagarse en los detestables vicios que los placeres y la ociosidad engendran. Llevaban los enviados el encargo de advertir al Papa de los grandes trabajos que pasaban los de aquella orden, y que Dios sabía como fue instituida para gloria y honor de su Santísimo Nombre, y que habiendo militado siempre bajo el estandarte de la fe católica, como era notorio a los pasados y a los presentes, sus obras daban claro testimonio de su verdadera religión y atestiguaban contra los delitos de que eran acusados falsamente; debían también decir cuán cierto y notorio era a todo el mundo cómo muchos caballeros habían sido martirizados por los infieles en defensa y confesión de la Santa Fe Católica, en este mismo tiempo en que se les achacaba haber apostatado generalmente de ella, y que considerase cuántas veces los de esta orden, estando en duras prisiones, en poder de infieles por espacio de diez, veinte y treinta años, y más, tuvieron muchas y muy favorables ocasiones de apostatar, y sin embargo nunca lo hicieron, y que si lo hubieran hecho, no sólo fueran libres de tantos trabajos, desde el primer día, más aún se les dieran en esta vida todas las cosas que más pudieran desear para sus contentos.

Añadían que eso mismo pasaba en los tiempos presentes, pues en poder de los reyes infieles había muchos de su orden en gran cautividad y esclavitud, y en sólo el poder del sultán del Egipto más de sesenta, los cuales si quisieran dejar la santa fe católica se haría con ellos lo mismo con mucho deseo y liberalidad de los enemigos. Los embajadores tenían el encargo de decir a Su Santidad, por expresa orden de sus respectivos soberanos, que se maravillaban mucho de ver que su beatitud, tolerase la acusación de tales culpas contra toda la orden, siendo sus obras meritorias manifiestamente, pues en ellas habían seguido sus individuos aquella doctrina evangélica del capítulo 15 de San Juan, donde dice que ninguno tiene mayor caridad que el que aventura su ánima por sus amigos, porque ellos habían puesto las suyas ordinariamente por toda la república cristiana por mar y tierra, en guerra y en paz, exponiéndose a infinitos trabajos, derramamiento de sangre, muertes y otras innumerables adversidades y peligros. Decían aún más, que considerase de cuánta utilidad y ejemplo era y había sido esta orden para el aumento de la fe católica, en cuyo amparo y creencia se habían criado sus caballeros y religiosos desde su principio, siendo los primeros en todos los peligros de sus personas y vidas en la defensa de la misma fe, y que antes bien esta religión había sido el origen y fundamento de donde emanaron las demás militares que había en el reino con autoridad y aprobación de la Sede Apostólica, en universal provecho de la República Cristiana; que no se oponían a que los autores de tan graves delitos fuesen punidos con el rigor condigno a sus culpas, pero que los inocentes sin ellas y toda la orden en general no padeciesen, y le suplicaban, como a verdadero Padre y Pastor Universal, tuviese por bien de proveer de breve y conveniente remedio en todo, pues ellos podían decir con verdad que el lobo había herido el rebaño de sus ovejas, y que por sus buenas obras y ejemplo eran los de mayor utilidad y fruto, y que estaban dispuestos a defender su verdad así en juicio contencioso ante la Sede Apostólica, como en el de las armas, contra cualquiera que los retase, hasta la manifestación de su inocencia.

Dijéronle más, que todos les levantaban aquellas calumnias por envidia, y por codicia de sus bienes, mediante testigos falsos y malvadas cautelas; que probarían cómo ellos eran verdaderamente católicos y fieles cristianos, y que creían firmemente en la santa fe de Jesucristo, según la predicaba y enseñaba la Santa Madre Iglesia romana, y que en su persecución se hacía ofensa a Dios y a su Iglesia y a todo el pueblo cristiano, y sentían por cosa gravísima, que por maravilla podrán hallar prelado, religioso o letrado que quiera defender su verdad, y que al Papa incumbía la defensa como cabeza de toda la Cristiandad.

Estas y otras cosas, y muchas más razones dijeron al Papa los Templarios españoles, enderezando al rey de Francia aquello de herir al lobo el rebaño, dándole a entender que él les hacía la guerra principal por haber sus bienes.

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Los Templarios españoles: inocentes

Hemos copiado lodo lo que precede, y la idea de la embajada al Santo Padre por parte de los reyes de Castilla, Aragón y Portugal, del manuscrito de Garibay, en el que tan célebre historiador habla de los Templarios. Vemos en este escrito una defensa lógica y razonada de los comprendidos en tropel en aquella causa famosa. Si eran culpables los Templarios franceses, ¿por qué también lo habían de ser los españoles? Si prevaricaron los unos en medio de las delicias y deleites de una ociosa paz, ¿por qué suponer la prevaricación de los otros, a los cuales no daba un momento de vagar la porfiada, tenaz y diaria guerra que con los moros tenían? Todos sus antecedentes religiosos ¿no venían a confirmar que sus almas estaban incorruptas? ¿No habían dado hartas pruebas de su abnegación, de su constancia y de su fe? ¿No habían sufrido el martirio en varias ocasiones? ¿No estaban dispuestos a sufrirlo todavía? ¿Se había levantado alguna voz contra los Templarios de los reinos de Castilla y de Aragón? Entonces ¿cómo confundirlos con los acusados, con los confesos, con los convictos? Si a los unos había perdido su confesión admitida en causa propia por serles contraria, ¿por qué no les había de servir a ellos también en causa propia siéndoles favorable?

Vemos con gusto que esta defensa era más legítima, más razonada, más atrevida y más convincente que la imperfecta que hicieron de la orden los caballeros franceses. Pero lo que añadiría mucho peso a favor de los Templarios en esta tremenda controversia, sería el saber de positivo que los reyes ya citados amparaban la causa de sus súbditos, y que convencidos de su bondad se presentaban por medio de sus embajadores al Papa, defendiendo por sí a aquella orden, a lo menos la parte existente en España, como limpia de las manchas que habían oscurecido su refulgente esplendor en Francia y en el Oriente.

Como Garibay no dice de dónde tomó la noticia de la embajada, no hemos, podido verificarla, y no podemos menos de ponerla en duda y aún negarla en vista de las razones siguientes: ni la Crónica ni en otro alguno escritor hemos visto que D. Lope Díaz de Haro marchase a Francia con embajada de su soberano para el Sumo Pontífice; tampoco hablan los escritores aragoneses de embajada que enviase D. Jaime con el motivo indicado, y sólo asegura Zurita que los Templarios de aquel reino la enviaron en los propios términos y con las mismas razones que Garibay atribuye a los reyes de Castilla y Aragón. La opinión de Zurita es más verosímil que la de Garibay. ¿Cómo el rey de Aragón había de salir a la defensa de los Templarios de una manera tan explícita, usando de las mismas palabras que aquellos caballeros usaban, en los momentos en que habían izado en todos sus castillos la bandera de rebelión contra el rey y contra el papa?

Cotéjense los dos documentos, el de Zurita y el de Garibny, y se verá que son completamente iguales, por lo cual creemos que en vez de embajada de reyes fue representación más o menos enérgica la que salió de Aragón, y quizás también de Castilla, para el Papa Clemente, la cual no tuvo el resultado que apetecían los interesados.

La embajada de que habla la Crónica es la que llevó el famoso D. Juan Núñez de Lara, que salió del real para la corte del Pontífice, a poco de levantado el asedio de las Algeciras, con misión ostensible confesada por la Crónica, y misión secreta según Oderico Raynaldo: la primera era recabar del Santo Padre nueva bula para la percepción de rentas eclesiásticas: la segunda en unión con los embajadores de Portugal y de Aragón, defender la buena memoria del Papa Bonifacio VIII, que al año siguiente había de juzgar el concilio de Viena convocado para tratar de este asunto y del de los Templarios. D. Juan Núñez llegó a la corte pontificia, fue muy atendido .y obsequiado por el Papa, que lo recibió a pesar de ser tiempo de vacantes, y le otorgó la gracia que pedía en nombre del rey de Castilla y otras mercedes, que todas redundaban en pro de la religión, mayor exaltación de la fe católica, y en hacer la guerra porfiada a los moros de Andalucía, según con más extensión decimos en la nota número uno, página 225 de la Crónica. ¿Llevó además otro encargo secreto, y era éste el de la defensa de los Templarios? Nada dice la Crónica, nada el autor antes citado; en lo posible cabe, pero sería temeridad el afirmarlo; nos inclinamos a creer que los reyes de Aragón y Castilla, aunque mostraron alguna benevolencia hacia los Templarios, tenían más empeño en que sus bienes, una vez extinguida la orden, no saliesen de su dominio y autoridad. Para esto sí hubo embajadas y empeño decidido y decisiva victoria.

De todas maneras si D. Juan Núñez fue a Poitiers con el encargo de tratar la cuestión, ¿En qué términos? Ni lo sabemos ni hemos encontrado quien lo diga más que Garibay; los resultados sin embargo no fueron favorables; la misión tuvo mal éxito, como tantas otras misiones diplomáticas, las cuajes permanecen ocultas, quizás a causa de su poca fortuna.

En cumplimiento de las letras apostólicas arriba enunciadas, los comisarios a quienes vinieron cometidas en los reinos de Castilla y Portugal, empezaron los pnocedimientos, y en Tordesillas, villa de la diócesis de Palencia, despacharon sus cartas citatorias en 15 de abril de 1310, que comienzan así:

“D. Gonzalo, por la misericordia divina, arzobispo de Toledo, primado de las Españas, legado de la Sacrosanta Sede Apostólica y canciller del reino de Castilla; D. Geraldo, obispo de Palencía, y D. Juan, obispo de Lisboa, diputados por inquisidores por la Sede Apostólica, para las cosas abajo escritas, etc. A los religiosos varones el señor D. Rodrigo Ibáñez, gran preceptor de la orden de la caballería del Templo en España, y a los frailes de la misma orden a él sujetos, conviene a saber a Fray López Peláez, y Fray Fernández Núñez, y Fray Diego Gómez, etc., y a todos y a cada uno de los frailes de la dicha orden instituida en los reinos de Castilla y León, reconoced al autor de la salud y obedeced a los mandatos apostólicos, etc. Después de esto dicen cómo recibieron las letras del santísimo señor suyo Clemente, por la divina Providencia Papa V, sobre el hacer inquisición de las herejías y de los otros crímenes así contra ellos y la dicha orden, como contra todas las personas de la dicha orden, sus traslados sellados con los sellos de los reverendos padres y señores el arzobispo Vearense y el obispo Colibense, y que para nulificar éstas envían a los discretos varones Garcí Pérez, racionero de la iglesia de Toledo y Melindo Rodríguez, racionero de la santa iglesia de Santa María de Torresvedras, de la diócesis de Lisboa, constituido por sus nuncios espirituales al efecto. Por lo cual les mandaban por autoridad de las dichas letras apostólicas a ellos concedidas, y en virtud de santa obediencia, y so pena de excomunión, que para 27 dias del mes de abril de este año pareciesen personalmente en Medina del Campo, diócesis de Salamanca, a decir delante de ellos la verdad sobre las cosas que fueren preguntados en el dicho negocio de la inquisición, según las dichas letras y forma a ellos dada, y para todo lo demás que conviniere hacerse en este negocio, y que el dicho término concedido en los edictos se les señalaba como último y perentorio, y que en caso contrario su ausencia teniendo por presencia, procederían cuanto pudiesen en derecho, y que por autoridad del señor Papa mandaban a todos los obispos, abades, deanes, prepósitos, priores, arcedianos, personas eclesiásticas, y a los rectores, capellanes, clérigos, religiosos de cualesquiera órdenes, que siendo requeridos por los dichos sus nuncios procurasen y diesen todo favor para que se notificase este edicto de citación al dicho maestre y freires, en cualesquiera lugares que conviniese para el dicho día y lugar, dando fe y testimonio de estas citaciones y denunciaciones, y de todo lo demás que sobre ello entendían, haciéndolo en debida forma por sus letras selladas con sus sellos, so pena de excomunión desde aquella hora, so la cual mandaron así bien a todos los notarios y testigos que fuesen requeridos para esto, hiciesen personalmente todo lo que por los dichos nuncios o cualquiera de ellos les fuese dicho y mandado en su nombre, y en fe de ello dieron estas letras selladas con sus sellos en el dicho lugar, día y año.

Los dichos racioneros fueron por las partes necesarias a hacer estas diligencias, y los dichos arzobispo de Toledo y obispos vinieron a Medina del Campo y comenzaron a hacer las convenientes, y en particular enviaron sus letras a todos los prelados de Castilla y León, mandándoles en nombre de su santidad que cada uno hiciese pesquisas para averiguar los bienes que tenían los Templarios en sus diócesis, y en particular consta la que despacharon en esta villa en primero de mayo de este año de 1310 para D. García, obispo de Jaén. El cual, habiendo juntado en su iglesia catedral a Juan Sánchez, dean de ella, y a su capítulo, y a los frailes menores, y a los curas, alcaldes, caballeros y otras personas principales de la ciudad, dijeron todos contestes que no sabían que la orden del Templo tuviese ninguna cosa en ella ni en su obispado, y esta respuesta se envió a Medina por instrumento auténtico dado en Jaén a 17 de julio del dicho año. Los demás prelados cumplieron con los mandatos apostólicos, diciendo en cada caso la verdad de lo que se les preguntaba.

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Los últimos Templarios de Castilla y León

Comparecieron en Medina, en obedecimiento a los mandatos apostólicos, D. Rodrigo Ibáñez, maestre de la orden, Fray Lope Peláez, Fray Fernando Nuñez, Fray Diego Gómez, Fray Diego Peña y Fray Pedro de Arallaneda, Fray Diego de Bones, Fray Martin, Fray Pedro Urines, Fray Alonso Chamorro, Fray Gonzalo Bayo, Fray Juan Cabeza, Fray Juan Saherdo y otros muchos, que fueron los últimos caballeros que la orden tuvo en Castilla y León, según Garibay. El mismo autor asegura que a todos se les tomó declaración,y además a muchos testigos fidedignos y de mucha autoridad, legos y religiosos, que habían frecuentado los convenios y tratado con los freires, y visitado los hospitales, prioratos y baylías, y que de todo ello no resultó ni el mas remoto indicio de herejía, idolatría o torpeza, de que eran acusados, según el tenor del articulado que incluimos en el apéndice; antes al contrario, se probó que siempre habían vivido en la observancia de la institución de su orden, confirmada por la Santa Sede Apostólica.

Las baylías que fueron citadas por el arzobispo son las que ya hemos mencionado al hablar de las riquezas y poder que los Templarios tenían en los reinos de Castilla y León. Murió en esto el arzobispo de Toledo, sucediéndole en el arzobispado D. Gutierre Gómez de Toledo, arcediano de la misma iglesia y natural de la dicha ciudad, de claro linaje, como hermano de Fernán Gómez de Toledo, camarero mayor del rey D. Fernando, su favorito. Continuó la causa el segundo nombrado en las letras pontificias, D. Rodrigo del Padrón, natural de Galicia, arzobispo de Santiago, prelado de gran valer y autoridad y muy celebrado, en la Crónica del rey; y después de concluido el proceso contra los de esta orden, se juntó, dice Garibay y otros autores también lo confirman, concilio provincial en Salamanca, como lugar muy cómodo para esta santa congregación, no sólo por los varones doctos que encerraba aquella célebre universidad, como por su situación central, y adonde con menores dispendios y no muchos trabajos podían acudir los santos padres.

Juntáronse con el dicho arzobispo de Santiago D. Juan, obispo de Lisboa, D. Vasco, obispo de Guardi, en Portugal, D. Gonzalo, obispo de Zamora, D. Pedro, obispo, de Avila, D. Alonso, obispo de Ciudad Rodrigo, D. Domingo, obispo de Plasencia, Don Rodrigo, obispo de Mondoñedo, D. Alonso, obispo de Astorga, D. Juan, obispo de Tuy y D. Fray Juan, obispo de Lugo, y los vicarios de los ausentes cada uno con sus recados. Los cuales, después de examinado el proceso, vieron que no resultaba ningún crimen contra los Templarios de estos reinos, de que se alegraron mucho todos estos venerables prelados, dando muchas gracias a Dios porque entre tantas espinas había conservado a los Templarios de estos reinos en vida santa y católica y en la observancia de los estatutos de su religión, confirmada por la Santa Sede Apostólica.

El arzobispo de Santiago, reunido con los demás sus compañeros en las casas del obispo de Lamego, habló ante toda la santa sínodo, dice siempre Garibay, con mucha prudencia y elocuencia, mostrando cómo era esta orden en España muy santa, y lo había sido, como constaba muy claro, mediante las grandes diligencias que se habían hecho por mandado del Papa; y que él de su parte, y la de todos los prelados que en el santo concilio se habían congregado, les declaraba libres de las culpas que les eran impuestas, porque en Dios y en su conciencia y en la de todos estos prelados era así verdad; la cual, en presencia de todos, publicaba por tal para que llegase a noticia de todas las gentes de Castilla y de León, y se alegrasen al saber que sus Templarios habían sido buenos y católicos, y que lo eran, y que mediante las letras apostólicas pudieran bien absolverlos por libres; pero que después de mucho acuerdo habían determinado los padres, por reverencia a la Santa Sede y muy mejor expediente de los presos, remitir al Papa todo lo actuado para que la absolución fuese mas autorizada, y se viese que si allí habían sido malos aquí eran buenos.

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El pueblo maltrata a los Templarios

El maestre y los otros presos fueron trasladados a Salamanca, y habiendo oído al arzobispo dieron muchos loores a Dios, y a él y a todo el concilio, por tanto bien; y enseguida requirieron a los comisarios les declarasen libres por sentencia, puesto que tenían toda la autoridad competente para ello, y también que les entrégasemos bienes embargados, atendiendo a la gran pobreza y miseria que padecían sin culpa, y que cuidasen de la seguridad de sus personas, porque los seglares los maltrataban, y aun los mataban cuando los cogían a mansalva; y por último pidieron con mucha instancia que expidieran sus mandamientos para que los clérigos y religiosos de estos reinos los admitiesen a los oficios divinos y les administrasen los sacramentos. No accedieron los padres a estas súplicas porque todo lo habían referido al Papa, volviendo a sus prisiones con más honor y mejores tratamientos.

Las dos partes del proceso contra los Templarios

Hemos seguido en esta empeñada contienda, aún no resuelta, la opinión de un autor tan concienzudo y diligente como Garibay, y aun casi hemos copiado letra por letra la narración que hace de este acontecimiento en su obra inédita que ya hemos citado. Muchos autores convienen en ello, pero de pasada, muy a la ligera y sin dar razón de su dicho; otros niegan rotundamente la absolución de los Templarios en el concilio de Salamanca; ¿qué hacer, qué creer en tal conflicto? La crítica, la razón, los documentos históricos nos dan alguna luz para proceder con justicia y con toda imparcialidad en este tan enmarañado litigio. A nuestros lectores dejamos la respuesta, si bien nos inclinamos a pensar que los Templarios de Castilla y de León fueron declarados inocentes en el concilio celebrado en Salamanca.

En Castilla, como en Francia y como en las otras partes de la cristiandad donde existía la orden del Templo, el proceso de sus caballeros aparece dividido en dos partes:

La primera es una averiguación sumaria de los crímenes y pecados que a la orden se atribuía, mandada hacer por el Papa, y encomendada por sus letras apostólicas a cardenales, a obispos, a legados o vicarios u otros clérigos constituidos en dignidad.

La segunda es la causa incoada “jure propio” por los obispos, y terminada, no sobre la orden, sino contra las personas, por los concilios provinciales, cuya jurisdicción conocía en aquel entonces de los delitos de herejía.

De manera que en Castilla, según el tenor de las palabras de Garibay y de otros historiadores, aparecieron divididos los procedimientos de los Templarios en estas dos partes, sin que sobre este punto, al menos que sepamos, se haya hecho hasta ahora distinción ni diferencia. Por las letras apostólicas, dirigidas al arzobispo de Toledo D. Gonzalo, comenzó la averiguación que la Santa Sede quería hacer en toda la cristiandad acerca de los desórdenes con que se habían contaminado los caballeros del Templo; quería saber el pontífice si el mal era cierto y las declaraciones verdaderas; quería saber la intensidad y la extensión de aquella epidemia moral y religiosa, para proceder en el concilio de Viena, ya convocado, con toda la discreción, libertad y conocimiento de causa necesario a resolver un asunto tan grave. Y esto fue lo que mandó hacer, y por su parte hizo el arzobispo D. Gonzalo Barroso en Medina del Campo, adonde los presuntos reos fueron citados.

Muerto ya el arzobispo de Toledo, como era el segundo nombrado en las letras pontificias el arzobispo de Santiago D. Rodrigo del Padrón, siguió en el conocimiento de este asunto, y terminado convocó concilio provincial en Salamanca para juzgar a las personas sobre la herejía y demás delitos que caían bajo su jurisdicción.

Que se reunió concilio en Salamanca en el año de 1310, es indudable, nadie hay que lo niegue; y para mayor prueba tenemos la última sesión que imprimió Florez en el tomo 18 de la España Sagrada, y que nosotros insertamos en la Colección diplomática a la página 770. Que debió tratarse el asunto de los Templarios, no lo afirmamos tan rotundamente, pero parece tan natural, que, casi casi, la negativa nos parece absurda. Cuando en toda la cristiandad se reunían los concilios provinciales con el mismo objeto, cuando en Italia, Alemania, Inglaterra, y en el vecino reino de Aragón absolvían o condenaban a los Templarios los concilios provinciales, sin contar a Francia de cuyos procesos tenemos completas noticias, ¿solamente los obispos de Castilla habían de ser o tan ignorantes o tan descuidados, que no llenaran como todos sus hermanos uno de sus principales deberes? Y si fue cierto que se reunió el concilio, como no tiene duda, todavía es más increíble y más absurdo, que reunido el concilio en aquel tiempo, y presidido por el que había hecho la inquisición sobre los delitos achacados a la orden, no tratase de la materia de su principal incumbencia, y para el cual probablemente fue convocado.

Carece por consiguiente de toda verosimilitud la opinión de los que niegan al concilio de Salamanca celebrado en 1310, el desempeño de una de las primeras obligaciones del episcopado, cual era el de perseguir, averiguar y castigar la herejía.

En cuanto a la decisión del concilio respecto a la inocencia de los acusados, puede ser cosa más disputada por lo indecisa, porque no existiendo documento que la afirme, están en su derecho los que la niegan, aunque por la misma razón estamos nosotros en el nuestro, negando también la condenación. Pero si ésta tuvo lugar, ¿dónde, en qué parte refiere la historia los suplicios o las penas a que fueron condenados los Templarios? ¿Cómo en el largo litigio a que dio lugar el secuestro de sus bienes, no encontramos ni una ligera alusión a los castigos impuestos al maestre, a individuos de la orden, y sólo a la decisión del Papa, y del concilio de Viena? Y si fueron absueltos los de Aragón en el concilio de Tarragona; los de Lombardia, las Marcas, Toscana y Dalmacia, en el concilio de Rávena; los de Sesena y Marca de Ancona, en el concilio de Pisa; los de gran parte de Alemania en el de Maguncia, ¿cómo no pudieron serlos castellanos en el de Salamanca? La falta de documentos en Salamanca o en cualquiera de las iglesias sufragáneas cuyos obispos asistieron al concilio, prueba en nuestro concepto que la declaración de aquella sagrada congregación fue favorable, pues a no haberlo sido no se hubiera consultado con la Santa Sede, pues jurisdicción bastante había en el concilio para la imposición de la pena, como la ejecutaron por sí y ante sí el concilio de Sens en Francia, el de Londres, el de Nápoles, Sicilia y los estados de la Iglesia; si el de Salamanca remitió todo el expediente a la corte pontificia fue que considerando a los encausados como inocentes, no tuvo inconveniente en abandonar los antecedentes que no habían de tener en Castilla ningún ulterior resultado, y servir únicamente para la decisión que el concilio general y el Papa debían tomar acerca de la futura determinación de la orden.

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La opinión de Garibay

Por último, tenemos en nuestro favor la opinión de Garibay, que de una manera terminante, sin abrigar la menor duda, y sin sospechar tampoco que otros puedan abrigarla, da por cosa segura la absolución de los Templarios en el concilio de Salamanca, y la opinión de Morales, que según el parecer de algunos la recibió de Florian de Ocampo. Dice aquél en la suma de privilegios:

“Era 1318, vinieron a Castilla letras del Papa dirigidas al arzobispo de Toledo, y al arzobispo de Sevilla, y a D. Rodrigo, arzobispo de Santiago, a D. Juan, obispo de Lisboa, y al obispo de Palencia y a otros sus coadjutores; en que les hacía saber cómo los freyres de la orden del Temple fueron infamados ante el por algunos artículos malos tirantes en herejía, a que algunos freyres de esta orden allá en Francia fueron presos y traídos ante el Papa y ante los cardenales y sus notarios, confesaron parte de aquellos delitos, según en las dichas letras se declara, y para mayor certificación mandaba el Papa a los arzobispos y coadjutores contra toda su orden acá en Castilla y León y Portugal y que prendiesen todos freyres Templarios cada uno en su provincia, para que hecha la inquisición se cumpliese con ellos lo que fuese justicia. Ítem que hecha la inquisición reservando el Papa para sí la sentencia general contra la dicha orden de los Templarios, ya contra el comendador mayor de estos reinos, hiciesen los tales inquisidores particulares comisarios y sus coadjutores concilio provincial cada uno en su diócesis y povinvias, con sus obispos sufragáneos y diesen sentencia y condenación a las personas particulares de los dichos freyres Templarios, si los hallasen culpados, o los absolviesen no teniendo culpa. Conforme a este mandamiento del Papa, luego se hizo inquisición en el arzobispo de Sevilla y sus provincias sufragáneas, y después en la de Toledo, y después en la de Lisboa, siendo presente a todo el obispo de Palencia. Hecho esto se juntaron en Medina del Campo y llamaron a D. Fray Rodrigo Yáñez, maestre del Temple en los dichos reinos a los principales freiles de esta orden, los cuales venidos obedientemente se metieron en la presión de los comisarios para estar a cuanto de ellos se quisiere ordenar. Y a pocos días hicieron juramento y pleito homenaje como caballeros que eran de tornar a ellos cada cuando que fuesen llamados.

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Generación 64- Carpe diem


Última Edición: 13 años 4 meses antes por FeniXD.

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Respuesta de FeniXD sobre el tema Re: La cruz de Malta (Custom Historia)

13 años 4 meses antes - 13 años 4 meses antes #1420
Octubre: Era 1348, miércoles 21 días del mes de octubre, se juntaron en la ciudad de Salamanca D. Rodrigo, arzobispo de Santiago, D. Juan, obispo de Lisboa, y D. Vasco obispo de Garda, y D. Gonzalo, obispo de Zamora, y D. Pedro, obispo de Ávila, y D. Alfonso, obispo de Cibdade, D. Domingo, obispo de Plasencia, D. Rodrigo, obispo de Mondoñedo, D. Alfonso, obispo de Astorga, D. Juan, obispo de Tuy, D. Fray Juan, obispo de Lugo; llegados en su concilio provincial en las casas del obispo de Lamego, que son en la dicha ciudad de Salamanca sobre los negocios tocantes a la orden del Temple, y tornados allí a la presión el D. Rodrigo Yáñezz, maestre del Temple, y los principales de sus freyles, el arzobispo de Santiago ante todo el pueblo y caballeros y clerecía, habló largamente como él había hecho cumplida inquisición en todas sus diócesis sufragáneas, y lo mismo el obispo do Lisboa en la parte del arzobispado de Braga, perteneciente al reino de León, según el Papa lo mandaba, y lo mismo el de Toledo, y todos los otros comisarios, y como quiera que vistos y examinados los procesos con grandísima diligencia y solicitud, no hallaban ser culpados en cosa alguna los dichos freyles ni su orden acá en estos reinos de Castilla y León, sino muy buenos religiosos y de muy buena fama, y así lo declaraban y manifestaban a todos en Dios y sus conciencias y lo daban por cosa publica, y pues que según el mandamiento que tenían del Papa, les podían absolver por tales; pero que por reverencia del Papa y por mayor honra y provecho de los dichos freyres tenían por bien reservar la dicha sentencia para que el Papa la diese, para que allí donde primeramente llegó la infamia, llegue también la buena fama, de lo cual prometían informar a Su Santidad cumplidamente. Y luego el dicho maestre del Temple requirió a los dichos arzobispos y comisarios los diesen por libres por su sentencia conforme al mandamiento del Papa y facultad que de él tenían y les mandasen restituir sus bienes de que estaban despojados, porque estaban en gran pobreza, y les mandasen asegurar de las gentes seglares que los mataban y herían, y diesen carta para el rey que les tenía sus bienes y para los clérigos y religiosos que les admitiesen a las misas y horas a sacramentos de que les estrañaban como a herejes. Lo cual pidieron con gran instancia. Los comísarios respondieron lo que primero dicho tenían.. ” Mor. Sum: de previl. B. R. tom. 2.

Esta tan importante opinión confirma la nuestra, emitida ya y corroborada con todas las pruebas que la crítica ha podido suministrarnos en una cuestión muy oscura hasta hoy por falta de documentos.

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El archivo de Aragón sobre el Temple

Feliz en el proceso de los Templarios, como en otros muchos asuntos históricos, el archivo de Aragón conserva muy curiosos documentos, con los cuales se podría escribir la historia de los Templarios de aquel reino; de todos ellos da noticia el diligentísimo escritor Padre Villanueva en su tomo V del Viaje literario a las iglesias de España.

Antes que el Papa escribiese al rey de Aragón sobre el gravísimo negocio de los Templarios, ya lo había hecho el rey de Francia, más empeñado que ningún otro soberano en aquella contienda; pero D. Jaime se negó a proceder contra los caballeros, ya porque de ellos no había recibido agravio, ya porque el Papa hasta entonces en un asunto que tocaba a su poder espiritual había guardado un absoluto silencio. Dirigióse el rey a Clemente V pidiéndole consejo, y suplicándole le dijese qué crímenes habían cometido los caballeros de aquella orden; pero antes de obtener respuesta a tan discreta pregunta, ya se había visto obligado a proceder, instigado por los obispos y el inquisidor de la fe. A principio de diciembre de 1307 mandó abrir en Valencia pesquisa contra los individuos de aquella orden ante Bernardo de Aversona, siendo los jueces o los pesquisidores nombrados por el rey,, el obispo de Valencia D. Raimundo Despont, el de Zaragoza D. Ximen, y Fray Juan Llolger, dominico, inquisidor en los reinos; los primeros limitaban sus procedimientos a los Templarios de su diócesis, y el último los extendía a todos los del reino. Acoplaron tan delicado encargo, pero con la condición de ser auxiliados en su caso por la justicia real para impedir la fuga de los acusados, procediendo enseguida al secuestro de todos los bienes de la orden. Testigos fueron D. Jaime Pérez y D. Juan, hermanos del rey; Fray Guillermo Aranion, dominico, y confesor del rey; Gonzalo García y Artal de Azlor, sus consejeros; Pedro de Costa, juez, y Bernaldo de Albacia vicecanciller. El rey admitió la condición, dando inmediatamente orden a Gomdo de Entenza., procurador general del reino de Valencia, para prender a los Templarios y ocupar e inventariar sus bienes; al día siguiente, 2 de diciembre, se dio la misma orden para los de Peñíscola y Xivert y los de Cataluña y Aragón, y en todas ellas se pone la cláusula de: “a causa de las instancias que sobre ello hace el rey de Francia.”

A 5 del mismo mes y año despachó el rey convocatorias a los obispos de Valencia, Zaragoza, Tarazona, Huesca, Segorbe, Lérida, Barcelona, Vique, Gerona, Tortosa y Urgel, y al vicario general del arzobispado de Tarragona D. Rodrigo, para que acudiesen todos en la próxima Estefanía a tratar del modo de proceder contra los Templarios. Los del rey se habían apoderado ya del castillo de Peñíscola a 12 de diciembre, y Bernardo de Siliano traía a Valencia preso al comendador que lo habitaba, con todo lo que en el recinto había encontrado. En el 29 mandaba D. Jaime al bayle de Tortosa llevar a su presencia, Valencia, “tres fratres Templarios, qui rasis barbis, relicto dicto ordine fugiebant… quorum alter interrogatus qualiter fiebat professio, et ingressus per fratres ipsius ordinis, respondit, se hoc nec Papae, nec aliquid alio, nisi nobis (regi) tantummodo revelaret”.

Los Templarios españoles hacen amago de morir luchando

Los Templarios tan pronto como advirtieron los primeros síntomas de la tempestad que sobre ellos iba a descargar, pusieron sus castillos en defensa apercibidos para la guerra: así lo da a entender la carta que el rey escribió en Valencia a 23 de enero de 1308, dirigida a D. Raimundo Despout, obispo de aquella diócesis. Raimundo Laguardia con otros muchos se hicieron fuertes en el castillo de Miravel, otros en el de Monzón, y el conde de Urgel, Dalmacio de Rocaberti, y el obispo de Gerona, se opusieron a la captura de los Templarios y secuestro de sus bienes en sus estados y diócesis, negándose a obedecer las repetidas órdenes del rey. Este preguntaba al de Francia cómo iba el asunto en sus reinos, mostrándose indeciso para creer los rumores que corrían, y temiendo si por exceso de celo había pecado en asunto de tal trascendencia: los de Miravet decían que se conformarían con la decisión del Papa si se limitaba a suprimir la orden, pero no a sufrir la sentencia que los declarase herejes, porque en tal caso morirían todos en las ruinas del castillo: al fin, se rindieron, y todos se sujetaron al juicio, todo por lo mismo quedó sosegado, si bien la opinión conmovida, los pareceres varios, y las persecuciones continuas y sangrientas.

Aún no parecía bastante lo hecho, pues en 5 de julio de 1310 despachó el rey una real orden desde Daroca mandando a los bayles que estrechasen más las prisiones de los Templarios, poniéndoles grillos y redoblando el cuidado: decía el rey que esto era a petición de los inquisidores apostólicos; y para que todo llevara el sello de lo raro y lo singular en este proceso, la regla debía ser general y empezar en todas las prisiones en un día dado, señalando el de Santa María Magdalena inmediato. No sabemos si condolido el monarca con los ayes de las victimas, o convencido de la inutilidad de aquellos rigores, es lo cierto que el 20 de octubre, estando el rey en Barcelona, mandó a los vegueres que mitigasen el rigor, dejando libres a los Templarios dentro de los castillos, con tal que jurasen primero no salir ni escaparse, so pena de ser reputados y tenidos por herejes. Da D. Jaime la razón de su conducta templada así como la dio de su duro proceder; y era que ahora el concilio provincial Tarraconense, celebrado a principios de octubre de aquel año, le pidió que pues no se había sentenciado el negocio de los Templarios, ni constaban con certidumbre sus delitos, les mandase poner en custodia segura, pero no penal. Poco duró este benigno proceder, porque en 18 de marzo de 1311 el Papa escribió al rey desde Aviñón participándole la sorprendente nueva de que en los procesos que habían formado el arzobispo de Tarragona, obispo de Valencia, y otros comisionados de la causa de los Templarios, no quedaban convencidos los acusados, y sólo resultaba contra ellos una vehemente sospecha, y que por consiguiente había mandado proceder a la cuestión de tormentos, y suplicaba al rey que auxiliase y protegiese esta resolución. Tan bárbara insinuación, si bien conforme con la legislación y jurisprudencia de aquella época, debió llevarse a cabo; pues a 3 de diciembre siguiente mandó el rey que se propinasen medicinas a los Templarios que las necesitasen o por enfermedad o “propter tormenta”.

Surge la sospecha de intervención económica contra el Temple

Por último, el rey, por orden general, mandó conducir lodos los Templarios a Barberá o a Monblanc, a petición del arzobispo de Tarragona para el concilio provincial que debía comenzar en la próxima fiesta de San Lucas. Ya hemos tenido lugar de observar, que ni el Papa ni el rey, ni los inquisidores, ni los concilios provinciales, tuvieron lenidad, ni aun siquiera caridad con los Templarios del reino de Aragón; presos, aherrojados, sufriendo molestias, y padeciendo todo género de penalidades, iban de una parte a otra custodiados con buena escolta, y sin darles lo más preciso siquiera para su miserable existencia. El tormento por lo visto aniquiló sus cuerpos, pero no disminuyó ni el valor de sus almas ni rebajó la constancia de su carácter. A pesar de tener enemigos por jueces, de clamar contra ellos con su imponente grito la opinión pública, de disputar sobre sus bienes con encarnizamiento el Papa y los reyes, con más energía que decoro mucho tiempo antes que el fallo del tribunal hubiera recaído en la causa; a pesar de circunstancias tan desventajosas, el concilio provincial pronunció su sentencia de absolución a 4 de noviembre de 1312, la cual fue leída al pueblo por Arnaldo Lescomes, canónigo de Barcelona.

El concilio general de Viena, convocado para el 1.° de noviembre de 1310, fue prorrogado hasta el mismo día de los Santos de 1311, asistieron 114 prelados y otros muchos procuradores, y dos patriarcas, el de Antioquia y el de Alejandría; su total número según Vilani fue de 300. El 16 de octubre se celebró la primera sesión, el Papa predicó, según la costumbre, sobre el texto siguiente: “Las obras del Señor son grandes en la asamblea de los justos.” El concilio oyó de la santa boca del padre común de los fieles los tres asuntos principales para los cuales habían sido convocados los padres.

Hoja 22 de 22

El Papa Clemente disuelve la Orden Militar del Templo

Templarios, socorros a la Tierra Santa, y reforma de costumbres y de la disciplina. El primer asunto fue el que se trató con más detenimiento, por ser el más grave y de mayores consecuencias. Leyéronse los procedimientos que se habían incoado en toda la cristiandad contra los Templarios, y apenas leídas se presentaron nueve caballeros en nombre de dos mil franceses” Templarios, pidiendo ser oídos. Los santos padres accedieron a la demanda creyéndola justa, exceptuando los arzobispos de Reims, de Sens y de Rouen. Mucho se habló sobre este incidente, según dicen los autores contemporáneos; los ánimos se hallaban en suspenso, la curiosidad era grande, la tardanza daba cuidado; por fin, el Papa, el 22 de marzo del año de 1312, en consejo secreto de cardenales y prelados, extinguió la orden, más por justo modo de proceder que por sentencia condenatoria, reservando sus personas y bienes a disposición de la Santa Sede y de la Iglesia.

El rey de Francia, primer promovedor de la causa y proceso de los Templarios, llegó al concilio a la segunda sesión, a tiempo para oír la sentencia que publicó el pontífice, y es del tenor siguiente:

“Clemente, obispo siervo de los siervos de Dios, a todos los que las presentes vieren, sabed: Que teniendo muy en cuenta las muchas informaciones y procesos llevados a cabo, por encargo de la Santa Sede Apostólica en todas las partes de la cristiandad contra la orden militar del Templo, y contra sus freyres, por las muchas herejías de que eran acusados, y muy particularmente por el enorme atentado cometido por ellos en sus recibimientos, renegando de Cristo Señor Nuestro, y despreciando sus divinas efigies hasta el punto de escupir sobre ellas, y algunas veces hollarlas; teniendo en cuenta que el gran maestre, el visitador de Francia, los primeros comendadores, y muchos de los hermanos han confesado en presencia de sus jueces la enormidad de sus crímenes, haciendo recaer las sospechas de hallarse contaminada toda la orden; considerando la infamia que de estas confesiones le ha resultado y las pretensiones eficaces de los prelados, duques, condes, barones y pueblo de Francia, el escándalo que ha corrido de uno a otro punto, difícil de apaciguar mientras la dicha orden subsista, considerando otras muchas razones y causas a cuál más justas, con mucho y gravísimo dolor, no menos que con profundísima aflicción, no por sentencia definitiva que legalmente no podemos dar, según las informaciones y procesos, sino por vía de provisión o decreto apostólico abolimos, suprimimos y anulamos la orden militar del Templo, sus hábitos, su nombre; sometiéndola a perpetua prohibición: esto lo hacemos con aprobación del santo concilio en Viena el 5 de mayo, año 7.º de nuestro pontificado.” La bula, vox audita est in excelso, se publicó con todas las formalidades al día siguiente.

Comienza las desavenencias por el destino de las propiedades del Templo. Los Reyes de Castilla, Aragón y Portugal se niegan a entregarlas

La cuestión de los bienes suscitó graves dificultades entre el Papa y los soberanos: si éstos habían sido dóciles en cuanto a las personas no lo fueron tanto con respecto a entregar desde luego las inmensas riquezas que aquella orden poseía. Los reyes de Castilla, Aragón y Portugal se negaron a entregar unos bienes que tanto apetecían para las necesidades urgentísimas de la guerra que contra los moros llevaban.

Tenían razón; así es que conociéndolo el pontífice no salieron de España los bienes de los Templarios; unos se aplicaron a la orden de San Juan, otros a la de Santiago y Calatrava, y los de Aragón fueron el patrimonio de la de Montosa, fundada a poco tiempo de la extinción de la del Templo. Finalmente, teniendo en cuenta las sentencias parciales de los concilios provinciales, celebrados en toda la cristiandad, encontramos que la mayor parte de los Templarios fueron puestos en libertad después de una larga prisión; muchos tomaron el hábito de San Juan, en Aragón el de Montesa y en Portugal el de Cristo; órdenes que aún existen hoy, si bien desviadas completamente de su primitivo origen.

El gran maestre se resiste a la prisión perpetua y finalmente Felipe el Hermoso le envía a la hoguera

Ya hemos visto como el Papa se había reservado el examen y juicio del gran maestre, del visitador general de Francia y los comendadores de Viena y Normandía. El Papa desistió y nombró para que los juzgasen al obispo de Albano, al de Sens y a otros cardenales; reunidos en tribunal dieron su sentencia en público delante de la puerta de la catedral de París en un tablado levantado al efecto. Como estuviesen presentes los reos a oír la notificación de la sentencia, que era de prisión perpetua, y predicando uno de los cardenales, como era costumbre en actos parecidos, el gran maestre y otro de sus compañeros, a grandes gritos, protestaron de su inocencia, reclamando contra el predicador y contra el arzobispo de Sens. Con asombro de los jueces, con admiración de los circunstantes retractaron sus declaraciones anteriores y se confesaron culpados como calumniadores de la orden y de sus caballeros. Los jueces, no sabiendo qué determinación tomar en aquel apuro, se retiraron de la vista del público, entregando por el pronto los reos al preboste de París. Cuando el rey supo lo ocurrido, convocó a su consejo, excluyendo de él para aquel acto a los eclesiásticos, y con su parecer mandó llevar a los reos a un apartado lugar de la isla situada entre el jardín del Rey y la ermita de San Agustín, y mandólos quemar como a herejes contumaces y relapsos.

Los últimos momentos del maestre y de su compañero fueron sublimes: he aquí cómo el historiador Paulo Emilio da cuenta de tan triste acontecimiento:

Últimos momentos del Gran Maestre del Templo. Críptica declaración de inocencia

“Al borde del sepulcro (dijo el gran maestre), en el momento de comparecer ante Dios, en este supremo instante en el cual la mentira es un delito imperdonable, mi corazón confiesa la verdad. A saber: que he cometido un crimen abominable contra mí y contra mis hermanos. Declaro que merezco la muerte y los más insufribles suplicios por haber inventado, y aun sostenido en medio de los rigores del tormento, las calumnias más execrables contra mi orden, que tantos servicios ha hecho a la Religión Cristiana, y esto por el culpable egoísmo de alcanzar una vida feliz y en favor de personas que no merecen tan cobarde complacencia. Yo pudiera rescatar mi vida; pero no la quiero, y mucho menos a costa de otra mentira más detestable que la primera”.

La muerte enterró con el cuerpo el secreto del alma del maestre; sus últimas palabras fueron, son y serán cifras ininteligibles para los humanos, sólo Dios puede comprender su sentido y saber si era inocente o culpado el maestre, cuyo carácter durante el proceso y en los momentos últimos de su vida es un verdadero enigma.

Felipe el Hermoso cambia la condena impuesta motu propio

Tal fue la historia y tal el fin de la orden del Temple. El Papa acabó con la orden en el concilio de Viena. El rey de Francia le cortó la cabeza, condenando a morir quemado en un rincón de una de las islas del Sena a su maestre. El Papa procedió con justicia, con prudencia y discreción en el largo debate de tan grave asunto. El rey con ligereza y con ira. La última pena impuesta al maestre motu propio, sin jurisdicción, y hasta con alevosía, fue una acción condenada por la justicia y la moral y severamente reprendida por la historia.

Nota. Sigue la declaración en latín de 140 templarios en el Templo de París, ante Guillermo de París, inquisidor de la Fe en Francia, desde el 19 de octubre al 24 de noviembre de 1307.
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Generación 64- Carpe diem


Última Edición: 13 años 4 meses antes por FeniXD.
El siguiente usuario dijo gracias: ALF

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Respuesta de ZeeKee sobre el tema Re: La cruz de Malta (Custom Historia)

13 años 4 meses antes #1422
jajaja, solo me he leido 3 y me duelen los ojos ya! me voy a hacer especialista en cruces! :yeaaah
-Caerme? Yo me bajo de la moto como me da la gana!

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Respuesta de yunjamon sobre el tema Re: La cruz de Malta (Custom Historia)

13 años 4 meses antes #1476
diosss mira q empecé a leerlos y antes de terminar la primera birra me quedao frito... weno, el caso es q ya se lo q es una cruz ++++++++++++++++++++++.
ala, menos cruzes y mas birras. a ver si os sacais la historia de la birra por ahi jajajajaja

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Respuesta de IVANZZ sobre el tema Re: La cruz de Malta (Custom Historia)

13 años 4 meses antes #1481
yo tuve la suerte , que cerca de donde vivo hay una fabrica tradicional de cerveza , y un dia pedi una invitacion para visitarla ... :yeaaah :yeaaah

empezaron contando la historia que originalmente se descubrio por mesopotamia , sumeria y el antiguo egipto , y no los vikingos ,bla bla bla luego pasamos por todo el proceso de elaboracion :lol: , muy interesante ...
y finalmente te invitan a una desgustacion de toda la variedad ( se aconseja no ir con vehiculo )
van grupos de gente de distintas comunidades , previa cita solicitada , la visita es gratuita , el que quiera ....




:birras :birras :birras :birras :birras :birras :birras :birras :birras

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Respuesta de yunjamon sobre el tema Re: La cruz de Malta (Custom Historia)

13 años 4 meses antes #1485
diosss q guayyy, a mi q me indiñen antes ls birras... despues q me cuenten lo q les dé la gana! jajaja

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Respuesta de palmiz sobre el tema Re: La cruz de Malta (Custom Historia)

12 años 1 mes antes #10468
Me ha gustado mucho el primer post.
Los demás los dejo para otro día, a poder ser de invierno y viendo desde la ventana una tormenta con agua y viento del copón.
Además de la estética de las serigrafías o pegatinas que le ponemos a nuestras motos me parece muy recomendable saber lo que significan.
Agradecido por la información.

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Respuesta de Janis Jo sobre el tema Re: La cruz de Malta (Custom Historia)

12 años 1 mes antes #10470
Se me había pasado este hilo con tanta historia. Ha sido muy interesante aprender sobre esto.

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